Cambio en ordenamiento turístico modificaría la imagen de zona este

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El cambio en el modelo de desarrollo turístico para poder introducir en las playas de la región Este edificios de gran altura, modificaría la imagen turística que identifica la República Dominicana.

La modificación estructural tendría un impacto negativo en el desarrollo sostenible de ese sector, afectando, además, la dinámica del mercado inmobiliario y el déficit existente de infraestructuras y servicios básicos, dejando atrás la planificación integral del territorio de una región de alto valor estratégico.

Dichos proyectos se sustentan en la falsa premisa de que falta espacio para incrementar la oferta de habitaciones, porque en el litoral Punta Cana – Miches se pueden sumar miles de habitaciones con el modelo actual.

La promoción de edificaciones con altura hasta 77 metros, 6 veces más que la altura permitida anteriormente, en el 5% de la superficie total del terreno en la sección turística de El Macao, tendría como consecuencias un cambio en el paradigma de un turismo fundado en un paisaje que integra las edificaciones y la vegetación natural, por otro de contraste entre lo edificado y la vegetación natural.

La irrupción de estas edificaciones cambiaría totalmente el paisaje, sobrepasando la vegetación más alta existente, que es de 11 metros.

El resultado es un cambio en la marca paisajística de la imagen turística que ha identificado al país y especialmente el litoral Punta Cana-Miches.

Normativas

La regulación anterior es una normativa que promueve el respeto al paisaje, apoyándose en los compromisos ambientales asumidos por el Gobierno.

No es “una camisa de fuerza”, y es exitosa, como lo demuestra que la región Este tiene el más alto flujo de visitantes del Caribe y sigue aumentando, prueba de que el modelo funciona muy bien y está lejos de agotarse.

Otra de las consecuencias sería un impacto negativo en el turismo sostenible promovido por la Agenda Nacional de Desarrollo 2030 y previsto en los compromisos internacionales del país, porque abandonamos el “turismo de naturaleza”, promovido en la resolución de 2012, por el “turismo de sol y playa” de la resolución de 2017, que introduce edificaciones de gran altura.

Esta percepción de la vocación del territorio turístico cambia un uso sostenible de los recursos naturales con bajas densidades (40 habitaciones por hectárea), a otro más intensivo producto de la promoción de “sol y playa” y con densidades más altas (90 habitaciones por hectárea), en el 5% de la superficie total del terreno.

Se considera, además, que generaría un impacto en la dinámica del mercado inmobiliario del sector ubicado entre el Boulevard Turístico y el farallón existente, alentado por la resolución que permite una altura máxima de 2 niveles, quedando subordinado al predominio de las edificaciones de 22 niveles ubicadas en la playa.

En consecuencia, este sector tiene un alto potencial de arrabalización y probables áreas de asentamientos informales, producto de la demanda de servicios de las nuevas edificaciones turísticas inmobiliarias y proyectos hoteleros.

¿Falta espacio?

Es muy importante precisar que no es cierto que por escasez de terrenos son necesarias edificaciones altas para aumentar la cantidad de habitaciones.

Aun queda mucho espacio disponible para construir en el litoral este, principalmente en Juanillo-Miches, con el mismo paradigma de baja altura y respeto al paisaje.

Las alturas propuestas sirven indistintamente para el desarrollo de un turismo inmobiliario o de complejos turísticos hoteleros, sin considerar que no tienen las mismas características y generan diferentes exigencias en los servicios.

La nueva resolución con edificios altos no prevé las áreas dedicadas a estacionamientos y la cantidad por habitación hotelera o por apartamento; no considera la demanda de agua, alcantarillado sanitario, electricidad ni disposición de residuos sólidos.

—1— Resolución

En 2017, el Ministerio de Turismo cambió el Plan Sectorial de Ordenamiento Territorial Turístico de Punta Cana.

—2— Rechazo

Asonahores ha rechazado la medida, que permite edificios altos en zonas turísticas.

—3— Desventaja

Acoprovi considera a más altura más niveles de contaminación.

Planificación integral

Desigualdad. El cambio de paradigma en el paisaje turístico con edificaciones de 77 metros de altura acentúa aun más la desigualdad de un territorio carente de infraestructura básica sostenible, y afectado por una constante arrabalización de los asentamientos de la población residente.

Nuevamente se descarta la correcta planificación integral del territorio, necesaria para propiciar un desarrollo turístico sostenible.

En cambio se insiste en planificar por partes, a pesar de que la importancia estratégica del litoral Juanillo-Miches demanda un plan de ordenamiento territorial integral, que asuma las implicaciones económicas y sociales.

La necesaria revisión del plan de ordenamiento territorial en este litoral deberá mostrar flexibilidad en las alturan que no deberían superar un rango entre 6 y 10 niveles en las zonas próximas al Boulevard Turístico y urbanas, por la demanda de accesibilidad, servicios que se generan y la distancia de la costa marina.

Debe mantenerse el criterio de disminuir la altura a medida que las edificaciones se aproximan a la zona costera.

Algunos elementos fundamentales no considerados en la nueva normativa con edificios muy altos, son los parámetros ambientales, los espacio públicos y la dinámica del tránsito, entre otros.

vía:eldia.com